SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE

RESOLUCIÓN ALTERNATIVA DE LITIGIOS (RESOLUCIÓN DE LITIGIOS EN LÍNEA) – CONCILIACIÓN PARITARIA NETCOMM

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Si eres un consumidor y has presentado una reclamación relacionada con un contrato celebrado con T-Data S.r.l. a través de este sitio, pero no se ha podido resolver la disputa, T-Data S.r.l. te proporcionará información sobre el organismo u organismos de Resolución Alternativa de Litigios (ADR, según lo indicado en los artículos 141-bis y siguientes del Código del Consumidor), especificando si utiliza o no dichos organismos para resolver el conflicto. 

También te recordamos que existe una plataforma europea para la resolución en línea de litigios de consumo (conocida como plataforma ODR). La plataforma ODR está disponible en: http://ec.europa.eu/consumers/odr/. A través de esta plataforma, puedes consultar la lista de organismos ADR, encontrar enlaces a sus sitios web e iniciar un procedimiento de resolución en línea del litigio. 

Según el artículo 49, apartado 1, letra v) del Decreto Legislativo n.º 206/2005 (Código del Consumidor), el cliente que desee resolver un conflicto con el comerciante (es decir, T-Data S.r.l.) puede recurrir al procedimiento de Conciliación Paritaria. El procedimiento puede iniciarse si, después de presentar una reclamación a la empresa, el consumidor no recibe respuesta en 45 días o considera insatisfactoria la respuesta. La solicitud debe enviarse a: conciliazione@consorzionetcomm.it o al fax: 02/87181126... 

Para cualquier litigio transfronterizo relacionado con la aplicación, ejecución e interpretación de las Condiciones Generales de Venta de T-Data S.r.l. que rigen las compras en este sitio, si resides habitualmente o tienes tu domicilio en un estado miembro de la Unión Europea distinto de Italia, puedes iniciar el procedimiento europeo para litigios de escasa cuantía establecido por el Reglamento (CE) n.º 861/2007 del Consejo de 11 de julio de 2007 ante el órgano jurisdiccional competente, siempre que e... 

El texto completo del Reglamento está disponible en: https://eur-lex.europa.eu/eli/reg/2007/861/oj. 

En cualquier caso, independientemente del resultado del procedimiento extrajudicial, conservas el derecho a acudir al juez ordinario y, si se cumplen los requisitos, a promover una solución extrajudicial del litigio de consumo mediante los procedimientos previstos en la Parte V, Título II-bis del Código del Consumidor. 

Si necesitas más información, puedes contactar con nuestro Servicio de Atención al Cliente a través de los datos proporcionados en el sitio.